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Ministerio de Educación Nacional  

Compete al Ministerio de Educación Nacional, entre otros objetivos, la operación del sistema de aseguramiento de la calidad de la educación superior, la pertinencia de los programas, la evaluación permanente y sistemática, la eficiencia y transparencia de la gestión para facilitar la modernización de las instituciones de educación superior, implementar un modelo administrativo por resultados y la asignación de recursos con racionalidad de los mismos.

El Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior ha venido avanzando en la consolidación y armonización de sus componentes, entre los que se encuentran todos aquellos organismos que participan en las diferentes etapas y procesos para la generación de una cultura de evaluación permanente en las áreas fundamentales en que se desenvuelve la dinámica educativa; y las políticas, planes y programas específicos que se han diseñado para dinamizar e interrelacionar los resultados de los procesos de información y evaluación que emiten esos organismos.

El Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior se construye desde las instituciones de educación superior, los docentes, los estudiantes, el personal administrativo que labora en ellas, las asociaciones de facultades y de profesionales, los pares académicos, los científicos que realizan aportes al área educativa y desde luego los organismos privados u oficiales que realizan acciones dirigidas a la verificación de las condiciones de calidad establecidas en el ordenamiento legal.

Se considera que el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior adquiere fortaleza y encuentra su base fundamental en los procesos de autoevaluación que las mismas instituciones de educación superior efectúan; continúa con la evaluación que se realiza desde el plano institucional y con la verificación de las condiciones de calidad para obtener registro calificado; y avanza con el proceso de acreditación de programas y la acreditación institucional que se lidera desde las mismas instituciones que voluntariamente se acogen a ella.

El proceso de evaluación de la calidad de la educación superior comprende todos los trámites que se cumplen, desde el relacionado con el trámite de reconocimiento de personería jurídica, hasta aquellos de cambio de carácter académico, de redefinición institucional y el relativo al otorgamiento del registro calificado de los programas académicos específicos.

Entre los organismos que participan en el proceso de verificación de la calidad podemos señalar los siguientes:

 

• El Consejo Nacional de Educación Superior -CESU-
• El Consejo Nacional de Acreditación -CNA-
• La Comisión nacional intersectorial de aseguramiento de la calidad de la educación -CONACES

 

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Secretaría de Educación  

Las Secretarías Regionales de Educación, desarrollan e impulsan el mejoramiento del servicio social educativo, liderando la gestión con calidad, eficiencia y la ampliación permanente de la cobertura en todo el territorio departamental, distrital y municipal, para incrementar la economía del conocimiento al servicio de la productividad y competitividad intelectual del hombre, satisfaciendo las expectativas departamentales y municipales de la descentralización, coordinación y subsidiaridad a fin de lograr acciones conjuntas para consolidar la autonomía escolar y un adecuado acceso y permanencia de la población escolar al sistema educativo.

 

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Contraloría General de la República de Colombia  

A  la   Contraloría General   de la República -CGR- por atribución constitucional, y en forma externa, le corresponde conceptuar sobre la calidad y eficiencia del control fiscal de las entidades y organismos públicos en su respectiva jurisdicción.  La Ley 42 de 1993 facultó a la Contraloría General de la República, para establecer los métodos y procedimientos con los cuales evaluará la calidad, el nivel de confianza y eficiencia del Sistema de Control Interno de las entidades públicas; como parte del ejercicio de su función fiscalizadora. En consecuencia, el control fiscal al realizarse en forma posterior y selectiva no participa de las actuaciones administrativas, sino que por el contrario cada entidad automáticamente, tiene la facultad de diseñar y aplicar sus métodos y procedimientos de Control Interno, según su naturaleza y en atención a los parámetros formulados por la Ley 87 de 1993.

 

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Enlace directo atención al ciudadano: http://www.contraloriagen.gov.co/web/guest/denuncias

Procuraduría General de la Nación 

Ejerce, de acuerdo a lo establecido en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia de 1991,  el control disciplinario del servidor publico, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público.

 

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Presidencia de la República

A la Presidencia de la República le corresponde organizar, asistir y coordinar las actividades necesaria que demande el Presidente de la República, para el ejercicio de las facultades Constitucionales que el confiere ejercer como jefe del estado y suprema autoridad administrativa, y disponer los necesario según sus instrucciones, para la eficiente y armónica acción del gobierno, representándolo, cuando así lo demande, en la orientación y coordinación de la administración pública y de sus inmediatos colaboradores en la acción de Gobierno.

 

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Enlace directo a atención al ciudadado :http://syscopre.presidencia.gov.co/publico/frmCiudadano.aspx

 

 

Comisión Nacional del Servicio Civil
 Acorde con el artículo 130 de la Constitución Política Colombiana, la Comisión Nacional del Servicio Civil, es "responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial”.
 

La Comisión se propone posicionar el mérito y la igualdad en el ingreso y desarrollo del empleo público; vela por la correcta aplicación de los instrumentos normativos y técnicos que posibiliten el adecuado funcionamiento del sistema de carrera; y genera información oportuna y actualizada, para una gestión eficiente del sistema de carrera administrativa.

 

Comunique irregularidades a :  http://www.cnsc.gov.co 

Enlace directo atención al ciudadano: http://www.cnsc.gov.co/esp/atencion_al_usuario.php

 

 

Ministerio de Hacienda y Crédito Público
La programación, ejecución y seguimiento del presupuesto de ingresos y gastos, se rige por el estatuto orgánico de presupuesto (Decretos 111/96, y las normas que lo modifiquen o adicionen). De conformidad con las normas anteriores, la entidad presenta a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el anteproyecto de presupuesto para la vigencia del año siguiente (antes del 30 de octubre de cada año).

Entre sus funciones le compete planear, administrar y controlar el sistema público presupuestal del Presupuesto General de la Nación, participar en la elaboración del proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrollo y elaborar el Proyecto de Ley anual del Presupuesto en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y los demás organismos, de los cuales la Ley les haya dado injerencia en la materia. 
    
Por lo anterior, es competencia de la Dirección General del Presupuesto Nacional, efectuar el seguimiento financiero del presupuesto del DAFP.

 

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INTENALCO - INSTITUTO TÉCNICO NACIONAL DE COMERCIO "SIMÓN RODRIGUEZ"
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Última Publicación
24 de December del 2024
 

Ing. Andrés Felipe Liloy López
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